ARTÍCULO: «Seguro de arriendo, la opción para protegerse de los arrendatarios morosos»
ARTÍCULO: «Seguro de arriendo, la opción para protegerse de los arrendatarios morosos»
ARTÍCULO: «Seguro de arriendo, la opción para protegerse de los arrendatarios morosos» Cubren hasta seis meses impagos. Vacíos legales llevan a que un juicio de desalojo pueda tardar hasta más de un año. Los vacíos en la ley de arriendos urbanos, cuya última modificación data de 2003, han llevado a que varios inversionistas inmobiliarios asuman problemas financieros por los arrendatarios morosos, debido a que los juicios de desalojo pueden dilatarse por más de un año. Riesgos ante los cuales los seguros de arriendo son una buena opción. Según el gerente general de Ruvix (gestora de inversiones personales), Sergio Tricio, si bien los seguros de arriendo “surgieron hace unos cuatro años, con el tiempo comenzaron a desaparecer debido a que los riesgos asociados ya no hacían tan conveniente el negocio para las compañías de seguros”, pero su ventaja, agregó, está en que “permiten dejar en manos de terceros parte del riesgo de mora de un arrendatario”. El abogado inmobiliario del estudio Contreras & Cia Jaime Apparcel, explicó que “un juicio para que se declare el incumplimiento del contrato de arriendo y la obligación de restituir la propiedad puede durar de 6 a 8 meses, luego viene una etapa de cumplimiento del fallo y desalojo con la fuerza pública —en caso de rebeldía— que puede extenderse otros 6 meses. Es decir, todo el proceso puede tardar como mínimo 1 año”. La semana pasada, Carabineros informó al Senado que entre 2013 y noviembre del año pasado, recibió 10.955 órdenes de desalojo a arrendatarios impagos, un 80% en la Región Metropolitana. Dos oferentes Según los registros del sector asegurador, en Chile hay dos compañías de seguros que ofrecen pólizas para arriendo: HDI y Continental. La gerente comercial de garantía y crédito de HDI Seguros, Geraldine Mc Vey, explicó que “la ley protege al arrendatario y complica muchísimo al dueño del inmueble frente a una morosidad. Por eso, visualizamos la oportunidad de brindar cobertura a raíz de ese vacío”. Esta compañía protege e indemniza a los arrendadores en caso de que sus arrendatarios no cumplan con el pago de las rentas, indemnizado por un equivalente a seis meses de renta. Además, contempla una cobertura legal, que considera gestiones de cobranza prejudicial, costo cero en honorarios de abogados, gastos notariales, judiciales y otros. El valor anual del seguro es entre el 50% y 80% del arriendo mensual dependiendo del riesgo del arrendatario. El vacío legal El abogado Jaime Apparcel explicó que los problemas que hoy se presentan para desalojar a los arrendatarios morosos se deben a que cuando se redactó la ley 18.101, que regula estos contratos, “el legislador buscó proteger al arrendatario, ya que veía a los arrendadores como grandes terratenientes que vivían de las rentas de sus propiedades. Pero eso cambió y ahora hay muchas personas que tienen uno o dos departamentos y utilizan el arriendo para pagar los dividendos, con lo que estar más de seis meses sin recibir ingresos de ellos les puede significar que el banco les embargue la propiedad”. Por eso, agrega, “se requiere sí o sí de una reforma que agilice los trámites y no haga tan burocrática la etapa de cumplimiento del desalojo, ya que la ley debe reconocer las gravísimas consecuencias que puede tener para un propietario estar tantos meses sin recibir el arriendo”. De empresas de gestión Ojo con los pseudo seguros Sergio Tricio explicó que en el mercado de arriendos hay dos mecanismos para evitar a los morosos: los seguros propiamente tales y las empresas de gestión de inmuebles. Estas últimas a veces disfrazan sus servicios con el nombre de seguros, pero en realidad lo que hacen es seleccionar al arrendatario, cobrarle y vigilar que pague por los servicios básicos (agua, luz, gas u otros). Para Geraldine Mc Vey, de HDI, “la diferencia está en que una compañía de seguros está regulada por la Comisión para el Mercado Financiero, debe constituir reservas y cuenta con respaldo de reaseguradores”. En ese sentido, para Tricio “lo óptimo para un arrendador es utilizar uno u otro servicio, ya que tomar ambos, puede volver poco rentable para un propietario arrendar”. Ahí, recomendó que la opción más viable puede ser emplear a una empresa especializada sólo para seleccionar al arrendatario y luego tomar un seguro para evitar en parte una posible morosidad. Fuente: La Segunda (11/02/2019)